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Juez ordena al padre devolver a su hijo a las Islas Caimán desde Turquía

Un juez del Gran Tribunal de las Islas Caimán ordenó que una niña de 8 años, nacida en Caimán, sea devuelta a la isla por su padre, quien la llevó de regreso a su tierra natal en Turquía sin el permiso ni el conocimiento de la madre de la niña.

El asunto fue visto en privado el 15 de noviembre en el Tribunal de Familia ante el juez Richard Williams, quien dictaminó que su sentencia podría publicarse públicamente siempre que los familiares no fueran identificados.

La madre en este caso, señaló, es una ciudadana de las Islas Caimán, que posee un pasaporte del Reino Unido, mientras que el padre es un ciudadano turco, que posee pasaportes del Reino Unido y Gran Bretaña de ultramar. La niña es caimanera y tiene pasaporte del Reino Unido.

Un viaje de cine se convierte en un vuelo internacional
En una declaración emitida ante el tribunal, la madre dijo que el padre le había dicho que llevaría a su hija al cine el 10 de noviembre. Al día siguiente, la llamó a las 5:15 am, alegando que se estaba quedando con la niña en el Westin y la llevaría a casa al mediodía, dijo. En ese momento, dijo la madre, él ya había salido de las Islas Caimán y la hora en que llamó coincidió con la hora en que su vuelo de British Airways habría aterrizado en Heathrow.

Ese día, notificó a la policía, quien confirmó, después de verificar con Aduanas y Control Fronterizo y con British Airways, que la niña y el padre habían partido en el vuelo de BA a Londres, con un vuelo de conexión a Estambul, Turquía.

La madre fue informada de que el padre sólo compró un billete de ida y que su socio comercial confirmó que el padre le pidió que comprara su participación en su negocio en las Islas Caimán por 45.000 dólares, dijo en su declaración.

El 12 de noviembre, a través de mensajes de texto, el padre reconoció que la niña se encontraba en Turquía. Al día siguiente, le dijo a la madre, entre otros mensajes, “ven bebé, te extrañamos”.

“La madre en sus mensajes exigía la devolución de la niña, hablaba de un proceso de divorcio y amenazaba con recurrir a la Interpol”, señaló el juez.

La madre dijo que, el 14 de noviembre, el padre le dijo que no necesitaba permiso de sus familiares para llevarse al niño de vacaciones.

La madre dijo que pudo hablar con el niño a través de WhatsApp los días 13, 14 y 15 de noviembre, lo que fue facilitado por la tía paterna de la niña en Turquía.

“La madre afirma que el padre ha retirado todas las copias originales de la documentación de la niña y que se ha puesto en contacto con su escuela solicitando sus expedientes académicos”, señaló el juez, añadiendo que la madre temía que estuviera intentando inscribir al niño en una escuela en Turquía.

Esta acción, sumada a la “forma subrepticia” en la que el padre se había sustraído a la niña; el hecho de que le había pedido a su socio comercial que comprara su participación en su negocio; una transferencia de 15.550 dólares de los EE.UU. el 5 de septiembre y otros fondos en otros días a su cuenta personal en un banco turco; y la compra de los billetes de ida, habían llevado a la madre a concluir que no tenía intención de devolver a la niña a Caimán.

Como la pareja todavía está casada, según la Ley de la Infancia, tanto él como la madre tienen la responsabilidad parental sobre la niña, señaló el juez.

‘Extracción indebida’
Dijo: “Encuentro que aunque el padre también tiene responsabilidad parental, no puede tomar medidas unilaterales para sacar a la [niña] de las Islas Caimán. Se requiere permiso de todas las personas que tienen responsabilidad parental sobre la niña, o permiso del tribunal. En este caso tampoco se le han entregado al padre. Llevar a un niño al extranjero sin dicho permiso equivale a un “traslado ilícito”.

El juez señaló que la niña había nacido en las Islas Caimán y, de 2019 a 2021, había vivido con su madre en Turquía mientras el padre permanecía en las Islas Caimán. En Turquía, la madre y la niña vivían en una propiedad que la pareja poseía y aún posee, dijo, pero la niña siempre vivió con su madre.

Señaló que los padres habían estado viviendo juntos en la casa conyugal en Gran Caimán hasta que el padre se fue con la niña el 10 de noviembre.

Williams otorgó la custodia exclusiva de la niña a la madre y emitió una orden exigiendo al padre que devolviera a la niña a Caimán, al cuidado de su madre. También aceptó la solicitud de la madre de emitir una orden para impedir que el padre obtuviera los registros escolares del niño.

El juez señaló que Turquía es signataria del Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, que opera para garantizar el rápido regreso de los niños al país en el que normalmente viven, si, por ejemplo, han sido sustraídos injustamente desde allí.

Dijo que las autoridades de Caimán están en el proceso de presentar una solicitud a las autoridades turcas para solicitar la restitución de la niña.

“Si el padre no cumple las órdenes del Gran Tribunal, entonces la solicitud de orden de restitución de la niña se llevará a cabo en los tribunales de Turquía”, afirmó Williams.

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