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Los partidos dicen que el sistema de puntos de relaciones públicas no considera sus derechos de manera justa

Según una sentencia emitida el 8 de junio de 2022, los tribunales de las Islas Caimán desestimaron los reclamos de dos solicitantes que dijeron que el proceso de solicitud de residencia permanente en virtud de la Ley de Inmigración de 2022 es incompatible con la sección 9 de la Carta de Derechos y la protección de la vida privada y familiar. . El caso es interesante porque se sugirió en los documentos judiciales que, aunque un solicitante de residencia permanente no haya obtenido los 110 puntos necesarios para que se le otorgue la residencia permanente según el sistema de puntos de inmigración de Cayman, los derechos de los solicitantes a la vida familiar y privada bajo se debe considerar la constitución al permitirles permanecer en las Islas Caimán de forma permanente.

Derecho a la vida familiar y privada

En cuanto al derecho a la familia ya la vida privada, el tribunal expuso cuidadosamente las pretensiones de los demandantes.

Los documentos judiciales decían:

Es el caso del Apelante que ha establecido una vida privada en las Islas Caimán debido a su tiempo de residencia y sus conexiones con las Islas Caimán, sus derechos de la Sección 9 están comprometidos por la decisión de rechazar su solicitud de PR porque la consecuencia de esa decisión es que tendrán que salir de las Islas Caimán y que efectivamente están siendo expulsados.

Con base en los documentos judiciales, las partes que solicitan la residencia permanente enfatizaron que está “claro que existe una obligación positiva del Gobierno de las Islas Caimán de respetar la vida privada y familiar de los Apelantes, pero que a pesar de esta obligación positiva, el WORC y la Junta no considere los derechos de un solicitante de conformidad con la Sección 9 del BOR después de haber concluido que el individuo no obtiene 110 punto(s) bajo el Sistema de Puntos.”

Sin embargo, el juez no estuvo de acuerdo con la posición de las partes que solicitan la residencia permanente y dijo que, con base en la evidencia del Ministerio de Control Fronterizo, el Sistema de Puntos ha sido diseñado y operado de una manera que incorpora la consideración de los derechos de la Sección 9 de las personas. y, en cualquier caso, no hay ningún ejercicio de discreción bajo el Sistema de Puntos que permita una consideración separada de los factores de la Sección 9. Por lo tanto, no había ninguna base para que la Junta o el tribunal de apelaciones de inmigración otorgaran puntos adicionales por esos factores. Es por esas razones que la Sección 9 de la Declaración de Derechos no está comprometida.

El juez también señaló que el rechazo de una solicitud de residencia permanente no equivale a la expulsión forzosa de las partes de las Islas Caimán. Al explicar esto, el tribunal dijo:

Si eligen solicitar PR y su solicitud no tiene éxito, el estado no está interfiriendo con sus derechos de la Sección 9 porque no se les retira el derecho a residir en el país; más bien, está llegando a su fin de acuerdo con la ley de una manera transparente y en gran parte predecible.

En otras palabras, los solicitantes de residencia permanente son vistos más como “migrantes asentados pero sujetos al límite de tiempo prescrito por la Ley de 2022”. Pero incluso si se vence el límite de tiempo y se rechaza la PR, aún pueden permanecer en las Islas Caimán como visitantes por un período fijo permitido por la Ley pertinente. También pueden regresar a las Islas Caimán en una fecha posterior como visitantes si se rechaza su PR.

Con base en los hechos presentados en el caso, el juez dijo que a su juicio “no hay fundamento para devolver los dos recursos en cuestión al IAT, por lo que el único curso disponible es desestimar ambos”.

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