CUC suspenderá inmediatamente las desconexiones durante el resto de marzo de 2020, y proporcionará opciones de pago a los clientes caso por caso.
Sin embargo, no todos los clientes calificarán. Por ejemplo, una persona cuya cuenta de electricidad está a nombre del arrendador no calificará para estas opciones, ya que la deuda será responsabilidad del arrendador. En tales casos, sólo el arrendador puede autorizar tal acción y hacer cualquier arreglo para el pago con sus inquilinos.
CUC subraya que el plan de 3 meses es sólo para circunstancias atenuantes y fue creado especialmente para los empleados de industrias cuyas operaciones se han detenido esencialmente.
CUC está pidiendo a los clientes que ayuden gestionando su consumo. Los clientes pueden utilizar las herramientas de supervisión disponibles en www.cuc-cayman.com.
Tenga en cuenta lo siguiente:
A los clientes se les permitirá una cuarta extensión de pago en su cuenta (la política actual de CUC permite a los clientes un máximo de tres (3) dentro de un período de 12 meses).
Los clientes calificados con algún tipo de prueba de desempleo o ganancias reducidas de los empleadores, podrán retrasar los pagos en su cuenta de electricidad por un máximo de tres (3) meses, o un máximo de $900.00 (a $300.00 por mes). Los montos superiores a $300.00 por mes deben ser pagados. Tras la reanudación de los procesos normales, a estos clientes se les ofrecerán planes de pago extendidos de hasta seis meses, para comenzar al final del período de prórroga de tres meses, para aliviar la carga del reembolso.