CAYMAN ISLANDS

Un hombre pierde la concesión de permiso para proceder a una revisión judicial contra OfReg

Según una sentencia del Gran Tribunal dictada el 20 de marzo de 2024, Gregg Anderson, exdirector ejecutivo de Energía y Servicios Públicos de la Oficina de Competencia y Regulación de Servicios Públicos (“OfReg”), perdió su autorización para proceder a la revisión judicial contra OfReg. La razón dada por el juez fue la falta de presentación a tiempo de los documentos judiciales.

Sobre la base de la información proporcionada en la sentencia, al Sr. Anderson se le concedió autorización para solicitar revisión judicial el 10 de marzo de 2023.

Se señaló que “La licencia se concedió conforme a la Orden 53 del GCR, Regla 3. La Orden 53 del GCR [y] la Regla 5(2) estipula [una] condición clara de que la Notificación de Moción debe presentarse dentro de los 7 días siguientes a su presentación”. otorgada.”

Según se informa, la “Notificación de moción” del Sr. Anderson se presentó el 28 de abril de 2023 (y se entregó el 4 y 5 de mayo de 2023), en violación de GCR 0. 53, r. 5, y la Notificación de moción se presentó después de la expiración de la licencia condicional. “

En nombre de OfReg, se argumentó que la autorización del Sr. Anderson para proceder a la revisión judicial “expiró una vez que terminó el período legal de 7 días sin que se presentara la Notificación de Moción”.

“Cualquier moción/reclamación de revisión judicial presentada fuera de ese período es una nulidad/inválido”, añadió OfReg.

Parece que se ha argumentado además en nombre de OfReg que “la revisión judicial es un recurso de último recurso” y que el Sr. Anderson “tiene un recurso/reparación alternativa disponible, que no ha agotado todas las vías de apelación disponibles; aquí haciendo referencia a un derecho privado reclamación laboral por despido improcedente en virtud de la Ley del Trabajo, antes de buscar reparación mediante revisión judicial”.

Por lo tanto, OfReg intentó eliminar el Aviso de moción presentado por el Sr. Anderson.

Después de escuchar los argumentos de ambas partes, el juez del Gran Tribunal falló a favor de OfReg.

El juez dijo:

Los solicitantes que pretendan presentar un reclamo de Revisión Judicial deben respetar estrictamente los límites de tiempo. No se proporcionó al Tribunal ninguna autoridad que permitiera la interpretación solicitada por el demandante. En este caso, el demandante ha dado a entender al tribunal que después de obtener la licencia, continuaron colaborando con el demandado con miras a resolver las cuestiones en disputa. No hay indicios de que el Demandante buscara un compromiso del Demandado de que no cuestionaría la presentación del Aviso de Moción fuera del tiempo limitado para hacerlo debido a esas discusiones.

No había nada que impidiera al Demandante presentar el Aviso de Moción y continuar interactuando con el Demandado a partir de entonces.

El juez añadió:

Estoy convencido de que la concesión de Autorización para proceder a la Revisión Judicial conforme a la Orden 53 del GCR es provisional, no absoluta, en el sentido de que impone una condición al solicitante de presentar su Notificación de Moción Inicial dentro de los siete (7) días siguientes a la concesión de la Autorización. con el efecto de que cualquier Notificación de Moción presentada posteriormente es una nulidad y no tiene efecto legal.

También estoy convencido de que el Tribunal no tiene jurisdicción para conocer o determinar la Notificación de Moción Inicial presentada inválidamente fuera del límite de 7 días, ni tiene la discreción de extender el tiempo para el cumplimiento.

El juez concluyó:

De conformidad con la Orden 18, Regla 19 (1) (d), la Notificación de Moción de Inicio presentada aquí el 28 de abril de 2023 queda anulada en su totalidad. No hay Orden de costas.

La sentencia nos recuerda que los casos pueden decidirse basándose en tecnicismos. En este caso, el juez decidió que la Notificación de Moción no se presentó a tiempo.

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