CAYMAN ISLANDS

Nacional hondureña pide a la corte que descarte su negativa de relaciones públicas

Según un aviso de moción inicial sellado por el Gran Tribunal el 14 de junio de 2024, Norna Zanola Johnson Hurlston, ciudadana hondureña que vive en las Islas Caimán con su hijo caimán, solicita al Tribunal la orden de anular la decisión del El Tribunal de Apelaciones de Inmigración le negó una Residencia Permanente y un Certificado de Derechos de Residencia y Empleo (la “Decisión”). Johnson Hurlston sostiene que el asunto debería ser reexaminado por el Tribunal de Apelaciones de Inmigración porque la decisión no fue razonable, no se ajustó a la ley y equivale a una violación de la justicia natural. Además, Johnson Hurlston sostiene que los funcionarios de inmigración deberían haber considerado su derecho a la vida privada y familiar según la Declaración de Derechos de la Constitución de las Islas Caimán y no solo cuántos puntos obtuvo en el sistema de puntos.

Los antecedentes de Johnson Hurlston son que ha residido en las Islas Caimán desde 2013 y es la principal cuidadora de su hijo de 12 años.

En junio de 2022, solicitó la Residencia Permanente y un Certificado de Derechos de Residencia y Empleo (“RERC”).

En la Decisión del 18 de septiembre de 2023, la Directora de Oportunidades Laborales y Residencia Caimán rechazó su solicitud para el RERC.

La Decisión decía lo siguiente:

Al considerar una solicitud de residencia permanente conforme al inciso (1), el Director de WORC, al aplicar los criterios establecidos en el sistema de puntos, otorgará la residencia permanente a todos los solicitantes que obtengan ciento diez puntos o más.

En este caso particular, la puntuación total obtenida es de 103,00 puntos.

Sin embargo, Johnson Hurlston argumentó que la Directora de Oportunidades Laborales y Residencia Caimán no consideró su derecho a la vida privada y familiar según la Sección 9 de la Declaración de Derechos y, por lo tanto, constituyó un error de derecho.

Argumentó además que la Decisión no era razonable porque el Director debería haberla aplazado hasta que el Consejo Privado llegara a una conclusión sobre la incompatibilidad de las normas de inmigración de las Islas Caimán con la Sección 9 de la Declaración de Derechos.

Habiendo considerado la posición de Johnson Hurlston, el Tribunal de Apelaciones de Inmigración se puso del lado del Director de Oportunidades Laborales y Residencia en Caimán.

El Tribunal dijo:

A pesar de la conclusión a la que llegaron las autoridades de inmigración, Johnson Hurlston sostiene que fue irrazonable, un error de derecho y una violación de la justicia natural.

Johnson Hurlston añadió: “… debería haberse ideado una política de modo que, en circunstancias en las que un solicitante de PR hubiera establecido un derecho BOR prima facie de la Sección 9, pero no hubiera obtenido 110 puntos, la solicitud podría haberse aplazado en espera de la decisión en Buray & D’Souza y cualquier cambio en la Ley”.

Johnson Hurlston ahora espera la decisión del Tribunal sobre si ordenará o no que su caso sea nuevamente visto de conformidad con la ley.

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